martes, 2 de febrero de 2010

ART 79 DE LA INFORMACIÒN Y PUBLICIDAD DE LOS MEDICAMENTOS

Los titulares del registro seran responsables de cualquier transgresiòn en el contenido de los materiales de promociòn y publicidad, y de las consecuencias que pueda generar en la salud colectiva.

No hay comentarios:

Publicar un comentario